Para crear una Escuela de conductores no profesionales o de Clase B, tendremos que tener en cuenta, en primer lugar, la información especificada en el artículo 31 de la Ley de Tránsito.
Si elegimos esta opción, podremos impartir cursos para la obtención de la licencia Clases A1, A2, B, C y D. Veamos los requisitos.
LOS VEHÍCULOS
Deberemos contar con los siguientes vehículos:
- Clase A1: vehículo de transporte de pasajeros con capacidad superior a 17
personas. - Clase A1: automóvil destinado al transporte público de personas.
- Clase A2: vehículos de carga de, al menos, 6 toneladas.
- Clase B: dos vehículos motorizados de cuatro ruedas, los que podrán ser 2 para transporte de personas con capacidad de hasta 7 asientos, excluido el del conductor, o de carga de capacidad igual o inferior a 1.750 kilógramos.
- Clase C: una motocicleta de hasta 125 cc. y una de 500 cc. o más.
- Clase D: vehículos
especiales con previa autorización municipal.
Todos estos vehículos han de poseer un sistema de cambio mecánico, tener espejos retrovisores laterales externos y llevar un letrero con las siguientes características:
- Tres caras formando un triángulo equilátero.
- Cada lado tiene que tener 50cm de ancho por 25cm de alto.
- En cada lado, la leyenda «EN PRÁCTICA» y una letra A.
- Letras de color negro, excepto la A, que será de color rojo.
- Orla de 1cm de ancho de color negro.
- Color de fondo: amarillo.
LA PÓLIZA
La Escuela deberá tener una póliza a favor de terceros, por un valor no inferior a U.F. 1000 y tendrá que mantenerla vigente.
EL LOCAL
El local deberá contar con un lugar de recepción, una sala para las clases teóricas y una sala de laboratorio donde se realizarán los exámenes de agudeza visual y visión de colores -deberá incluir optotipos en escala de décimas o equivalente y tablas seudoisocromáticas.
También deberemos tener una maqueta que contenga situaciones de tránsito, un juego de señales de tránsito en réplica, diapositivas y películas, láminas murales y piezas de vehículos motorizados
EL DIRECTOR DE LA ESCUELA
Sus funciones son:
- Representar a la escuela.
- Firmar los certificados de término de curso.
- Mantener al día el libro de registro de los alumnos.
- Hacer cumplir el plan de estudios.
- Aportar estadísticas sobre alumnos matriculados y examinados.
LOS INSTRUCTORES
Deberá haber, al menos, un instructor de teoría de tránsito y de mecánica básica y dos instructores para la enseñanza práctica de la conducción.
Estos últimos deberán acreditar que poseen la licencia de conducción de la enseñanza que vayan a impartir, así como tener idoneidad moral.
Acreditarán también que poseen el 4º año de enseñanza medio o equivalente, la aprobación de algún curso en materia de tránsito y mecánica y haber aprobado los exámenes de conocimientos teóricos y prácticos de conducción y mecánica básica, así como los exámenes sicosensoriales cada dos años.
El temario
La parte teórica incluirá contenidos sobre educación vial, la normativa de tránsito, la señalización, los elementos de seguridad del auto, la prevención de accidentes y mecánica del automóvil.
La parte práctica incluirá la enseñanza del funcionamiento del coche así como prácticas de circulación en condiciones de tránsito diario.
OTROS
Nuestra Escuela de Conductores no Profesionales también debe tener:
- Libro de registros.
- Copia fiel del reglamento a disposición de los alumnos.
- Libro de sugerencias y reclamos.
- Libro de inspección.
26 enero, 2015 a las 4:29
Quisiera saber como obtener los planes y programas para crear una escuela de conductores clase B.
26 enero, 2015 a las 11:05
Saludos,
Los requisitos para abrir una autoescuela puedes consultarlos aquí: http://bit.ly/RQMZ8U
El resto de información podrás encontrarla en la Ley de Tránsito: http://bit.ly/18jiq7j
Los documentos para solicituar los planes y programas los verás en esta web: http://www.subtrans.gob.cl/escuelas-de-conductores-profesionales.html
Aquí puedes descargar el FORMULARIO PRESENTACIÓN PLANES Y PROGRAMAS PARA E.C.P.
Un saludo y mucha suerte.
13 marzo, 2015 a las 19:45
Hola, necesito saber donde obtener información para abrir una escuela de conductores de moto ( solamente clase C), Solo he encontrado para licencias «no profesionales» pero incluyen y hablan solo de los requerimientos técnico-administrativos para la licencia clase B. Agradeceré sus comentarios, muchas gracias.
16 marzo, 2015 a las 18:48
Saludos Luis,
Lo más recomendable es que contacte con el Ministerio de Transporte para que le pueda indicar con mayor fiabilidad cuáles son los requisitos y los procedimientos.
Un saludo.
31 marzo, 2015 a las 15:46
Gracias Daniel por la pronta respuesta. Ya tengo los antecedentes que entrega el MTT. Te diré que la información de los detalles que te vas encontrando en el desarrollo del proyecto, no esta contenida en un único instructivo.
Ustedes tiene aplicaciones orientadas exclusivamente a la conducción de moto?
3 octubre, 2015 a las 1:04
Hola, quisiera obtener el permiso para desempeñarme como instructora de teoría de conducción. Dónde y como debo efectuar las evaluaciones para obtener tal certificación?. Gracias.
7 octubre, 2015 a las 15:38
Hola Daniela,
Le recomendamos que contacte con CONASET para obtener información detallada sobre los pasos que ha de seguir, así como toda la documentación necesaria y los requisitos. ¡Mucha suerte!