Si lo que queremos es crear una Escuela de Conductores Profesionales – Clase A, podremos decidir cuál será el programa de estudio para nuestros alumnos -ajustándose siempre al cumplimiento de unos objetivos básicos especificados en el artí­culo 33 de la Ley de Tránsito-.

Este programa didáctico deberá ser entregado a la autoridad regional de transportes correspondiente, señalando además de qué infraestructura se dispone, así­ como de los equipamientos, elementos de docencia, calificaciones, tí­tulos, especialidades, experiencia del personal docente y el lugar de funcionamiento de la escuela.

Otro de los requisitos fundamentales es acreditar la posesión de una póliza de seguros en favor de terceros, por una cantidad no inferior a 1.000 unidades de fomento por vehí­culo. Esto es necesario debido a que los alumnos de la escuela pueden causar perjuicios a otros conductores en su proceso de aprendizaje.

El reconocimiento oficial de nuestra escuela lo obtendremos presentando una solicitud -acompañada de un documento que acredite que conocemos la normativa vigente (los requisitos especificados en los artí­culos 31A, 31b Y 31C de la Ley de Tránsito)- ante el Secretario Regional Ministerial del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

En la solicitud debemos incluir los siguientes datos:

  1. Nombre, Registro Único Tributario y domicilio de los propietarios.
  2. Nombre, Registro Único Tributario y domicilio de los representantes legales.
  3. Escritura social de constitución y antecedentes de legalización de la sociedad.
  4. Domicilio de la escuela, dirección de correo electrónico, número de teléfono y fax.
  5. Infraestructura y equipamiento de la escuela.
  6. Cursos que se van a impartir.
  7. Calificación, tí­tulos, especialidades y experiencia del personal docente.
  8. Declaración jurada de que no existen funcionarios públicos y/o municipales que cumplan labores de fiscalización y control de escuelas de conductores.
  9. Planes y programas de estudio.
  10. Póliza de seguro en favor de terceros.

 

DESCARGAS

Después de presentar toda esta documentación, el reconocimiento oficial se otorgará, si procede y mediante resolución, por el Secretario Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones.

Veamos ahora cuál es el material que necesitamos para abrir nuestra escuela.

 

EL LOCAL Y LOS MATERIALES

En primer lugar, será necesario tener un local que contenga una sala de capacitación, una sala de laboratorio sensométrico y psicomático así­ como un taller mecánico a no más de 5 kilómetros de distancia de nuestro local. Será necesario cumplir las exigencias sanitarias y tener un lugar donde estacionar los vehí­culos de instrucción, puesto que estos no pueden estacionarse en la ví­a pública.

En el laboratorio sensométrico y psicomático deberemos tener un nictómetro (instrumento que evalúa la capacidad de visión nocturna), un probador de visión, un test punteado (mide la reacción psicomotora), test de palanca (mide la coordinación visomotora), reactí­metro (valora la capacidad de reacción) y un audí­metro.

El taller mecánico deberá disponer de motores en corte según el curso, embrague en corte por clase de licencia, sistema de freno en corte por clase de licencia, pozo de reparación o elevador de vehí­culo y herramientas de medición.

Hay otros elementos de los que también debemos disponer:

  • Libro para reclamos y sugerencias.
  • Libro de control de asistencia.
  • Libro para las fiscalizaciones.

 

LOS VEHÍCULOS

  • Taxis: cuatro puertas, cilindrada mí­nima de 1.750 c.c., antigí¼edad no superior a 5 años y estar inscritos en el Registro Nacional de Vehí­culos de Transporte de Pasajeros.
  • Transporte remunerado de escolares: no puede superar la antigí¼edad de 5 años y ha de cumplir con la normativa para este tipo de transporte.
  • Ambulancias: no pueden tener una antigí¼edad superior a 10 años y tienen que estar equipadas con sistemas de comunicación y camilla.
  • Transporte público y privado de personas: capacidad mí­nima de 24 pasajeros y no puede tener más de 10 años de antigí¼edad.
  • Vehí­culos de carga articulados: capacidad de carga superior a 3.500 kg y no puede tener una antigí¼edad superior a 10 años.

 

EL PROGRAMA DIDíCTICO

Para obtener las licencias A1, A2 y A4 la duración mí­nima de los cursos es de 150 horas y para las licencias A3 y A5 de 132 horas. Para más información consultar el artí­culo Clases de licencias de conducción en Chile.

Cada curso no podrá tener más de 25 alumnos y no superará las 5 horas diarias. El alumno ha de cumplir con un 80% de la asistencia, como mí­nimo, a las horas teóricas y 100% a las horas de práctica.

 


LOS INSTRUCTORES

Han de cumplir los siguientes requisitos:

  1. Tener aprobada enseñanza media o equivalente.
  2. Poseer la licencia de conductor para el tipo de vehí­culo cuya enseñanza va a impartir.
  3. Experiencia mí­nima de 3 años como conductor de este tipo vehí­culo.
  4. Acreditar idoneidad moral.
  5. Acreditar la aprobación de un curso de formación de instructores.

Más información en el DECRETO 251, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que establece las normas para las escuelas de conductores profesionales o clase A.